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Fecha de publicación 10 diciembre 2024

CSRD, un cambio de paradigma en el reporte de sostenibilidad

CSRD, un cambio de paradigma en el reporte de sostenibilidad

La directiva de información corporativa de sostenibilidad o CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive en inglés, supone un cambio de paradigma en la manera de informar sobre sostenibilidad por parte de las empresas. Entre las novedades que presenta, la norma equipara los datos medioambientales con los financieros, incluye toda la cadena de valor e incluye una verificación externa con capacidad sancionadora.

La Unión Europea desarrolla nuevos mecanismos que contribuyan a una transición hacia un sistema económico y financiero sostenible, de acuerdo con el Pacto Verde Europeo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. 

Una de las herramientas aprobadas para lograr este objetivo es la Directiva 2022/2464/ CE, de 14 de diciembre sobre presentación de información de sostenibilidad por parte de las empresas, conocida como “Directiva de información corporativa de sostenibilidad” o CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) en sus siglas en inglés. 

Esta norma supone un cambio de paradigma en la forma de elaborar y presentar informes de sostenibilidad puesto que equipara los reportes financieros con los medioambientales y establece una conectividad entre ambos, de forma que las cuestiones medioambientales deberán tener un reflejo en el informe financiero y viceversa.  

España ya dispone de una de las normativas más exigentes en materia de informes de sostenibilidad, por lo que las empresas tienen una valiosa experiencia. Sin embargo, la implementación de los nuevos requisitos va a requerir de recursos por parte de las empresas y la aplicación de nuevas metodologías de recogida y tratamiento de los datos puesto que CSRD incluye más de 1.100 requerimientos de información. Para Óscar de Diego, presidente de la Delegación de Aragón, Navarra y La Rioja del Instituto Español de Analistas, “se trata de que no sea una carga sino una mejora para las empresas y que todos tengamos un futuro más sostenible”.

¿Cuándo empieza a aplicarse y a qué empresas obliga?

La CSRD empezará a aplicarse de forma transitoria desde 2025 hasta 2027. Primero serán las grandes empresas de interés público las que presenten los informes de sostenibilidad el año que viene con los balances económicos de 2024. En 2026, serán las organizaciones que cumplan dos de estas tres circunstancias: que tengan más de 250 empleados de media, una facturación de 40 millones de euros o 20 millones en activos. A partir de 2027, serán las pymes cotizadas y otras empresas las que estarán obligadas a este reporte de sostenibilidad. Se calcula que en España la norma alcanzará a unas 50.000 empresas. 

Novedades de la CSRD

Con el objetivo de clarificar los cambios que introduce la normativa, el Instituto Español de Analistas, con el patrocinio de Workday, ha editado el informe ¿Están las empresas preparadas para los nuevos requerimientos de información sobre sostenibilidad?, elaborado por la economista Marta Olavarría, donde se recogen las principales novedades de la directiva. 

  • Los datos recogidos en los informes de sostenibilidad incluyen toda la cadena de valor de la empresa; es decir, a los proveedores y los clientes, quienes tendrán que reportar la información de sus políticas de sostenibilidad a las empresas obligadas. 
  • Se incluye el concepto de la doble materialidad. Hasta ahora se analizaba cómo la empresa impactaba en el entorno y las personas, es decir, de dentro a fuera. La directiva CSRD incluye también cómo los cambios externos afectan a la política de sostenibilidad de la empresa y a las decisiones de inversión; es decir, de fuera a dentro, identificando riesgos y oportunidades del medio ambiente y la sociedad que afectan a las organizaciones. 
  • Se establece un régimen supervisor y sancionador para verificar externamente la información presentada; de esta manera, se equipara la calidad de los datos de sostenibilidad con los financieros. La verificación se realizará por un tercero independiente y se llevará a cabo de forma escalonada: en una primera fase se realizará una verificación limitada, donde simplemente se establece que no se detecta ninguna incorrección significativa, y en una segunda, se pasará a una verificación razonable donde se evalúa según unos criterios establecidos.

Recomendaciones a la hora de aplicar CSRD

El informe del Instituto Español de Analistas también da una serie de recomendaciones para las empresas que tienen que enfrentarse a la elaboración de un reporte CSRD:

  1. Pensar que es una herramienta de gestión, lo que implica que las empresas tienen que revisar su estrategia, procesos, y modelos de negocio. 
  2. Es una oportunidad para una mayor cohesión y coordinación interna entre las áreas financieras y de sostenibilidad de las empresas.
  3. Aunque se solicitan alrededor de 1.100 requisitos de información, con el principio de materialidad estos se reducen ya que se limitan a aquellos que se consideren materiales para la empresa. 
  4. Aprovechar la parte cualitativa del informe para explicar cuál es el modelo de negocio de forma narrativa. Al fin y al cabo, el reporte se elabora para que lo lean usuarios o partes interesadas.
  5. Se exige concretar los objetivos de descarbonización de la empresa por lo que el plan de transición climática puede ser una adecuada herramienta para la valoración de la empresa ya que mostrará sus objetivos.  

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